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Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.

Plan de Actuación Global

LiderA

El Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural, a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), permite a los Estados miembros que en un eje específico de sus programas (eje 4 Leader) contemplen la posibilidad de intervenir en el territorio, ejecutando estrategias de desarrollo, diseñadas y aplicadas por los Grupos de Desarrollo Rural, con una perspectiva multisectorial basada en la interacción entre los agentes y proyectos de los distintos sectores de la economía local que conforman el órgano de decisión del grupo. A ello se le llama enfoque Leader.

El enfoque Leader es, por tanto un método de intervención alternativo al método tradicional de las Administraciones Públicas que consiste, fundamentalmente, en desarrollar un conjunto de intervenciones sobre un ámbito concreto, mediante la aplicación de una estrategia de desarrollo territorial, siendo el Grupo de Desarrollo

Rural el protagonista fundamental de su ejecución.

En ejecución y desarrollo del citado Reglamento, se aprueba mediante Decisión de la Comisión de 16 de julio de 2008, el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 ( PDR), que contempla el conjunto de intervenciones que se podrán llevar a cabo en el territorio para dar respuesta a las necesidades del medio rural andaluz.

El PDR dispuso la necesidad de seleccionar a los Grupos de Desarrollo Rural que

implementarán los planes de desarrollo rural en los territorios durante el período de programación 2007-2013 (Decreto 506/2008, de 25 de noviembre).

En cumplimiento de lo dispuesto en el  citado Decreto 506/2008, la Consejería de Agricultura y Pesca dictó la Orden de 2 de junio de 2009, por la que se regula la convocatoria y participación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía en la gestión y ejecución del Plan de Actuación Global (PAG), que es el plan básico que desarrolla todas las posibilidades de intervención de las Medidas 411, 412 y 413 del Eje 4 del PDR y contempla todas las intervenciones subvencionables del PAG.

Posteriormente, mediante resolución de 5 de octubre de 2009, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, de la Consejería de Agricultura y Pesca, de la Junta de Andalucía, se ha reconocido a ADERCON la condición de Grupo de Desarrollo Rural de Andalucía, se ha validado su Estrategia de Actuación Global y se le ha atribuido la gestión y ejecución del Plan de Actuación Global.

En este sentido, Adercon tiene atribuida las siguientes funciones:

  • Recepción y registro de documentación.
  • Conocimiento y comprobación de los datos que figuran en las solicitudes de subvención presentadas por los posibles beneficiarios en el marco de los planes de desarrollo rural que desarrollen el PDR.
  • Tramitación, análisis e informe de las solicitudes presentadas por los beneficiarios de las subvenciones citadas.
  • Concesión o denegación de las solicitudes de subvención.
  • Recepción y depósito de fondos públicos.
  • Certificación de las operaciones o proyectos ejecutados.
  • Pago y anticipo de las subvenciones.
  • Control financiero y recuperación de cantidades.
  • Cualquier otra que establezca las normas de desarrollo.

Documentación:

Normativa.

¿Cómo solicitar ayudas?

Procedimiento.

¿Cómo justificar las ayudas?


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